I. INTRODUCCIÓN HISTÓRICA
1.- El marco prehistórico.
Para desarrollar en pocas líneas los datos conocidos sobre los antiguos pobladores de este municipio madrileño hemos recurrido a la documentación que recogimos al analizar su Carta Arqueológica, que se encuentra en los archivos del Servicio del Patrimonio Arqueológico de la Consejería de Cultura y Educación de la Comunidad de Madrid.
Una de las primeras dificultades con la que nos topamos a la hora de localizar los yacimientos y encontrar los restos de su cultura material, fueron los cambios y alteraciones observadas en gran parte de la superficie del municipio a causa de la erosión, los movimientos de tierra artificiales y los cultivos implantados.
Por un lado, la paulatina deforestación ha producido el desmoronamiento del talud calizo en el borde del páramo. Por otro, la antigua trinchera del ferrocarril y el nuevo replanteamiento de la red de carreteras, han removido tierras y han destruido u ocultado algunos yacimientos. En otro orden de cosas, los cultivos en ladera de vid y olivo, hoy casi perdidos, han arrastrado tierras y creado bancales que han afectado a posibles yacimientos. Por último, la deforestación y corte del antiguo bosque del páramo, ha provocado una fuerte erosión que ha podido ocultar cuevas o covachas prehistóricas y otros asentamientos al aire libre.
Estos factores son importantes a la hora de iniciar el estudio, pues como se verá más adelante, los datos recogidos en el trabajo de prospección arqueológica han de verse continuados con la excavación, cuando esta actividad se vea necesaria.
La red fluvial del arroyo de la Vega discurre por Villar del Olmo, situada entre las cuencas del Henares y Tajuña, vierte sus aguas en este último. Dichas cuencas se han utilizado desde tiempos remotos como caminos de comunicación y de difusión de culturas entre diversos pueblos y civilizaciones. El Tajuña atraviesa los términos municipales de Ambite, Orusco, Carabaña, Tielmes, Perales y Morata antes de unirse al Jarama en Titulcia, estratégica situación en el centro de la Meseta Sur. Estos pueblos poseen un marco natural muy concreto, apto para estudiarse como unidad geográfica con unas características propias muy específicas que se pueden trasladar a zonas parecidas de la Meseta, como la Alcarria, cuya red fluvial y composición del terreno son semejantes.
Valle del arroyo de la Vega con el valle del Tajuña al fondo.

Los términos municipales de Perales y Tielmes son los más ricos en hallazgos, de hecho en las cercanías de ambos y Carabaña se encontraron varias piezas líticas del Paleolítico Medio y Superior, que atestiguan la ocupación de las terrazas del valle por grupos de cazadores del Paleolítico, asentados en las orillas del Tajuña y que desde sus cortados divisaban las manadas de animales que pastaban en estas zonas, un tanto alejadas de los valles abiertos de los ríos Tajo, Manzanares, Jarama y Henares.
Por el contrario, los arroyos como el de la Vega y otros subsidiarios del Tajuña, configuran valles angostos con escasos escalonamientos o aterrazamientos que no permitían tierras de pastizal que atraían a gran número de animales. Posiblemente este ecosistema existente en la zona no debió favorecer los asentamientos de los grupos paleolíticos en el valle del arroyo de la Vega y buscarían zonas más abiertas de fácil paso para la caza de animales y la recolección de vegetales.
Si nos remontamos a los primeros estadios del Paleolítico, parece claro que se ocupara el valle del Tajuña, más que el angosto y corto vallejo del arroyo de la Vega. El valle del Tajuña tiene más recorrido, es más abierto y los aterrazamientos permitían al hombre prehistórico acechar y asentarse en campamentos próximos a las corrientes de agua, además su comunicación con el valle del Jarama es más directa y de muy fácil acceso.
Como consecuencia de todo ello es difícil hablar de ocupación paleolítica en Villar del Olmo, aunque no se pueda descartar que ciertos grupos de personas, en períodos de penuria o de enfrentamientos tribales, tuvieran que refugiarse en esta zona y subsistir. Toda la plataforma del Páramo estaría cubierta de bosque, así como la ladera del arroyo que dejaría poco espacio para el movimiento de los grandes animales. Por todo esto debemos deducir que los primeros habitantes del valle entrarían desde el Valle del Tajuña, grupos de pequeñas familias de cazadores que ocuparon un territorio de caza en las proximidades de charcas, manantiales y arroyo para asegurarse la subsistencia ante la seguridad que les proporcionaba el grupo, no demasiado reducido para competir con vecinos y enemigos.
En este sentido, los lugares más aptos para la ocupación de los puestos y campamentos, serían los cortados calizos ubicados en los pretiles de los páramos, en períodos del Paleolítico Superior y Epipaleolítico, en ladera por miedo a inundaciones de los cursos de agua. En cambio, en el páramo los yacimientos están más dispersos por estar más alejados de las zonas idóneas para el hábitat. Aumentaron los abrigos conocidos, luego debió producirse un incremento de población en esta época.
En las fases finales del Paleolítico Superior-Epipaleolítico hasta el Neolítico, entre los milenios XII y V a. de C., podrían haberse ocupado una serie de covachas y cuevas localizadas en el pretil de la paramera a lo largo del valle del arroyo de la Vega o del Barranco de Valdezarza, que posiblemente llevaran caudales de agua que permitieran la pesca, cortados calizos en un abrupto valle con gran vegetación en donde se observan abrigos y covachas, posibles refugios de antiguos pueblos.
La posterior deforestación y la erosión de la roca caliza, han ido produciendo desprendimientos del límite del páramo. El agua, junto con los componentes físico-químicos de la caliza, han creado cuevas, abrigos y covachas naturales. Alguno de los que vemos en la actualidad son relativamente recientes, en torno a 2000 – 1500 años de antigüedad, en cuanto a su ocupación. Por lo tanto, los asentamientos en la línea del pretil como covachas y cuevas que pudieron verse ocupadas y ser lugares de hábitat en épocas prehistóricas, han desaparecido o se han visto cubiertas por toneladas de piedras y tierra. Es muy probable que algunas de las que observamos ahora, pudieron servir de refugio y hábitat más o menos estable en épocas postpaleolíticas, pero su ocupación en el transcurso de los siglos ha ido eliminando los sedimentos o estratos antiguos con la consiguiente desaparición de los testigos de la cultura material.
En la actualidad son visibles perfectamente una serie de cuevas en el pretil calizo del arroyo de la Vega en la zona llamada Peña Rondán que se corresponde, según otros mapas con el Tocador. Concretamente las llamadas la Siena y la Cuadra que son de difícil acceso, aunque en ninguna de ellas se han detectado vestigios arqueológicos, signos, restos pictóricos o grabados de épocas prehistóricas. Es posible que parte de los bloques desprendidos formaran parte de las cuevas de hábitat antiguo.
De lo que aún queda, se aprovechan domingueros y cazadores, y esporádicamente, sirven de refugio para pastores y algún que otro excursionista.
Peña Roldán

Los cambios climáticos producidos en etapas más recientes y la actuación paulatina de la mano del hombre sobre el ecosistema, a partir del Neolítico y las Edades de los Metales, han ido modificando el pretil de la paramera caliza y, como consecuencia, el valle con los cursos de agua.
La zona de Villar del Olmo y del arroyo Vega se fue despejando de vegetación, aflorando cada vez más el suelo geológico del pretil, creándose barranqueras y aterrazamientos de las tierras, donde se fueron asentando grupos humanos, levantando campamentos con cabañas de barro y paja, entre IVº y IIº milenios a. de C. Serán relativamente frecuentes los asentamientos en zona de ladera a cierta altura y cerca de las corrientes de agua, sobre todo en el Calcolítico y Edad de Bronce. A partir de la Edad de Hierro y en la romanización cambiará a zonas de vega, aunque la población siga ocupando la zona baja de las laderas, costumbre mantenida hasta las poblaciones actuales.
Fruto de las prospecciones realizadas entre los años 1991 y 1993, se conocen algunos asentamientos y pequeños poblados que se remontan a la Edad del Bronce Antiguo o Medio, entre los años 2000 y 1200 a. de C. Estos yacimientos se ubican, bien en el pretil de la paramera a media ladera, o bien próximos a fuentes o manantiales de agua.
Existen dos tipos de hábitats. El más importante corresponde al poblado de pequeño o mediano tamaño, que se localiza en el corte del páramo con el valle y que tiene unas características eminentemente defensivas y estratégicas como lo demuestra su propia ubicación y los restos o vestigios de murallas levantadas en piedra de las que se conservan escasos lienzos y, posiblemente, algún que otro torreón.
En Villar del Olmo destacamos El Servo y más destruido aún el de Las Caleras. En una relación del hombre con su territorio medio-ambiental se situaron en promontorios desde los que se controla el valle, se domina el arroyo, amplias vistas hacia el valle del Tajuña y a las tierras más bajas, laderas en las que divisar manadas, sobre todo de ciervos y jabalíes que subieran o bajasen del arroyo. La permanencia en estos poblados irá unida a la mayor actividad agrícola y a la utilización de materiales de construcción menos perecederos, murallas de piedra, normalmente con dos parámetros de piedra sin labrar, rellenas de piedras más pequeñas y tierra. Con una mínima organización urbanística están adaptados a la topografía del lugar y sin excavaciones previas no es posible una reconstrucción exacta de su apariencia.
En la ladera se localizan otros asentamientos esporádicos de la Edad del Bronce, son los que se denominan fondos de cabaña, generalmente próximos a manantiales de agua. En este caso carecen de muralla o fortificaciones. Suelen ser los más numerosos y generalmente debieron corresponder a pequeñas agrupaciones de cabañas en torno o próximas al manantial. Unos ejemplos los tenemos en las cercanías de la Fuente de Gascueña y en el Barranco del Guindo. Este tipo de yacimientos al aire libre que carecen de recinto amurallado son los más generalizados en toda el área de las cuencas fluviales de la Comunidad de Madrid, siendo abundantes los hallazgos de cerámicas de la Edad del Bronce en las explotaciones de los areneros del Manzanares y Jarama, dentro de los llamados fondos de cabaña, suelen ser vasos sin pie con tendencia cónica u ovoide y superficies oscuras de escasa decoración.
La causa de encontrar tan numerosos yacimientos de poblados al aire libre, se justificaría por el tipo de economía ganadera, básicamente ovino y caprino, que era parte de su dieta. La agricultura estaba poco desarrollada en el centro peninsular, aunque se cultivaron trigo, cebada, leguminosas, lino, lana para ropajes, mimbre y esparto para cestería. El importante número de cuencas fluviales de Madrid con cursos de agua permanentes, facilitaría el crecimiento de abundante pasto en los valles y terrazas, y explicaría como en épocas prehistóricas e históricas existieran poblados en los cursos fluviales medios y bajos. Desgraciadamente aún existen lagunas sobre la población prehistórica de Villar y debemos apoyarnos en la investigación sobre los testimonios escritos, para conocer su historia más inmediata hasta que las excavaciones o hallazgos fortuitos ayuden a remontarnos a conocer mejor su origen remoto.
En Villar del Olmo, a pesar de no disponer de un valle ancho que permitiera amplias zonas de pastizal, ciertos grupos poblarían sus tierras en períodos de bonanza económica.
2.- La comarca complutense.
No se poseen datos por el momento de poblados de las Edades del Hierro, salvo un hallazgo aislado de cerámica celtibérica en una zona próxima a la Fuente del Escurridizo, posible asentamiento al aire libre de esta época de la II Edad del Hierro, período cronológico de la segunda mitad del primer milenio hasta el siglo II a. de C. A estos habitantes, con una impronta indoeuropea se les denomina carpetanos, pueblo del mundo celtibérico, prerromanos de la Meseta Sur emparentados con los vetones, con los que limitaban por el oeste, por el este con celtíberos más orientales y por el sur con oretanos. Son poco conocidos arqueológicamente y autores clásicos como Ptolomeo, Plinio, Plutarco o Polibio hablan de carpesi o carpetani.
Un trabajo de 1983 de Valiente y Balmaseda delimita muy exactamente la Carpetania, basados en citas de autores clásicos y en el estudio de restos arqueológicos. Englobaría la mayor parte de las provincias actuales de Toledo y Madrid, y en un sentido más amplio con las sierras de Guadarrama y Gredos como límites naturales por el norte, Guadiana por el sur, serranía de Cuenca por el este y la Lusitania por el oeste. Otro estudio más reciente, Tierra de carpetanos, de Diego Salvador Conejo, describe la Carpetania por las ciudades reconocidas.
Tras la conquista de la Carpetania los romanos se encontraron gentes que utilizaban el hierro, ganaderos con terrenos comunales, aunque no la propiedad del ganado. Estructuras tribales con una agricultura extensiva más importante que la de sus vecinos y en la que basarían su riqueza. Introdujeron la cerámica torneada que convivió con la manual. Se produce un proceso de iberización a lo largo del siglo IV a. de C. en estas tierras centrales de la Submeseta Sur, pues aparecen cerámicas con tonos rojos y castaños junto con la carpetana jaspeada que intentaba imitar a la madera.
Debieron de existir algunas vías de comunicación prerromanas, Tito Livio, a comienzos del siglo II a. de C., menciona las ciudades de Toletum, Dipo y Aebura. En la primera mitad del siglo I a. de C. Sartorio y Metelo mencionan Complutum, Caracca y Consabura.
El tocador.

La Península Ibérica entró en la órbita de Roma a finales del siglo III a. de C. En un primer momento se definió un hábitat rural, disperso y caracterizado por pequeños núcleos asentados en el borde de los páramos. La conquista de la Península fue larga y costosa. Finalmente la Carpetania, al igual que el resto del territorio peninsular, accedió al sistema económico romano y a cambio de ser explotada recibió el legado lingüístico, religioso y cultural, esto es la lengua latina, el derecho romano y las calzadas. La zona interior peninsular fue menos romanizada. Los hallazgos más claros de época romana y tardorromana más cercanos se sitúan en Villalbilla y en las cuencas fluviales importantes, como el Henares y el Tajuña, con restos de calzada romana y abundantes vestigios de edificios, puentes e inscripciones, localizados en Perales de Tajuña, Tielmes y Carabaña.
Ciertamente no existen vestigios romanos en el valle del arroyo de la Vega, a excepción de una presa llamada el Paredón, pared de contrafuertes de mampostería, con paramento seco de sillería que servía para retener y embalsar el abundante caudal del arroyo y del manantial situado en el Barranco de Valdezarza, que pudo ser aprovechado como molino, para regadío, o ambas cosas y en el que todavía se aprecia la canalización de época romana-tardorromana.
Presa romana llamada el Paredón. En el término municipal de Ambite de Tajuña.
La longitud de la presa aproximada en su origen unos 60 m.
Altura 3,20 en el centro.
Tres contrafuertes con sección trapezoidal, dos de 3x4m, uno canalizado de 7x4m.


Como consecuencia de la fundación de Complutum, favorecida por la presencia de la vía Emérita-Caesaraugusta y por la explotación de las fértiles vegas del Jarama y Henares, se fue conformando la economía de la villae y un diferente dominio sobre el territorio. El desarrollo de la ciudad incidió sobre el territorium circundante, relación civitas-territorium, campesinos–señores, provocando la acumulación de tierras en manos de terratenientes romanos, paso imprescindible para comprender como posteriormente se formó la comarca de influencia alcalaína que se convertiría en comunidad de villa y tierra de Alcalá.
Por la gran extensión de la Península, cuando fue conquistada por Escipión, se dividió en dos provincias, Hispania Citerior y la Hispania Ulterior, luego reorganizada en provincias o demarcaciones por Augusto, Tarraconense, Lusitania y Bética, instaurando después Mauritania Tigitana, Cartaginense, Galaica y Baleárica. Compluto quedó incluida en la jurisdicción de Hispania Citerior, estableciéndose para su gobierno siete tribunales o Conventos Jurídicos. Dos principales núcleos cercanos, el primero Toletum, asignado al Conventos Carthaginensis y Compluto al Conventos Casaeragustanus, algo así como pequeños senados.
César Augusta, Zaragoza, poseía el mandato sobre Compluto que por la importancia que había tomado y su especial situación geográfica fue señalada como punto inicial de una de las vías militares de mayor valor en la Península y como lugar preferido en el gran camino romano llamado Calzada de la Plata que, arrancando de Mérida, pasaba por las provincias de Cácares, Salamanca, Zamora, Segovia y Madrid, para llegar a Compluto, desde donde continuaba a Guadalajara y Zaragoza. La otra vía principal de la región enlazaba Astúrica con Corduba por Titulcia. Estas vías están poco estudiadas por la calidad del terreno, la más cercana, desde Titulcia se internaba en el valle del Tajuña y se aproximaba, si no atravesaba parte del término de Villar del Olmo, entre Valdilecha y Pozuelo del Rey, hasta Compluto por Torres. Siendo comarca bien comunicada no es raro que fuese explotada en cuanto a productos agrícolas, cereal, aceite y maderas para abastecer las grandes ciudades como Compluto. La crisis del siglo III que iniciaba el declive de la ciudad frente al campo obligó a retirarse a parte de la población a las villae rusticas, pudiendo existir alguna en la zona, pues aparecieron numerosas villas en las vegas, pequeñas explotaciones agrícolas, posteriormente convertidas en residencia de los señores de las urbes.
Compluto fue la única ciudad de la región citada por Plinio en el siglo I a. de C. Considerada ciudad estipendiaria por haber puesto a prueba su actitud resistente frente al poder arrollador de los conquistadores romanos y rango concedido a los municipios de mayor relieve dentro de la Carpetania Celtibérica. Ocupaba unas trescientas fanegas de tierra y quedó constituida en capital de una comarca que se llamó complutense cuyos límites serían análogos a los que en la actualidad abarca el Partido Judicial y en el que se incluye Villar del Olmo. Comenzaba en Varada (Vallacas), hasta Caraca- Arriaca (Guadalajara), con autoridad sobre Aldoveja (Aldovea), La Jumosa (Los Santos de la Humosa), Gufia (nombre fenicio de los Hueros), Mecon (Meco) y todos los caseríos próximos dedicados a la explotación agrícola.
Las urbes romanas sufrieron un retroceso en época visigoda, pues la base de la explotación agraria era la villa. Regida por un villicus o procurador, trabajada por servi, libertos, colonos o campesinos libres que se acogían a la protección de un señor. Las tierras se componían de un conjunto de lotes cedidos a labriegos, el prefeudalismo, reflejado en el predominio de las actividades agropecuarias, principalmente cereales, viñedo, ovejas, cerdos, vacas y miel.
Los visigodos regresaron al centro peninsular definitivamente a mediados del siglo V como aliados de Roma en zonas cerealistas de escasa población y poco desarrollo urbano, en la meseta entre el Ebro y el Tajo, en un triángulo delimitado por las ciudades de Palencia, Toledo y Calatayud. Fundaron el reino de Toledo hasta decaer el reino de Hispania en el año 711, tras la derrota de Guadalete del rey Rodrigo. Recibieron sortes, sortes gothicae (sort, tercias, consortes) o propiedades rurales, ocupando una posición preponderante frente al antiguo propietario hispanorromano. Al rey Wamba se le atribuye el amojonamiento de esta comarca en los años 672-680. En Tielmes no queda constancia clara de ocupación visigoda, lo más destacado estaría en Carabaña, incluso apareció no hace mucho tiempo una importante necrópolis en el cerro de Cabeza Gorda y conjuntos de fíbulas en el valle del Tajuña. Ciertamente en el término municipal de Villar del Olmo no se han encontrado restos, pero el hecho de que en siglos posteriores a la repoblación medieval, las fundaciones establecidas sobre viejos restos de lugares que ya existían pasaron a denominar villares y, por la misma razón, las parroquias establecidas sobre vestigios antiguos se llamaron antiguas, caso de una aldea llamada el Villar y de una parroquial llamada Ntra. Sra. de la Antigua, todo ello sin constatar por el hallazgo de algún resto de tipo material. En el despoblado de Valmores se mencionan hallazgos aislados de períodos tardorromanos, según consta en el Inventario de Yacimientos de Valor Arqueológico de La Comunidad de Madrid, si bien, el despoblado se clasifica cronológicamente como época medieval.
3.- Reconquista y Repoblación. Comunidad de villa y tierra de Alcalá.
El origen del Villar data del medievo, las primeras viviendas, muchas veces cuevas que con el devenir del tiempo se convirtieron en bodegas, podrían haberse ubicado en el barranco de la Pililla. Tras la repoblación de la comarca ya no hablaremos de asentamientos más o menos estables, sino de una aldea que se integró en la comunidad de villa y tierra de Alcalá.
El reino de Toledo en el siglo XI formaba una unidad que se mantuvo en época de visigodos, musulmanes y castellanos. Alfonso VI en el año 1085 consiguió la entrega de Toledo por parte del rey taifa al-Qadir, posibilitando el control del territorio y la repoblación de las extremaduras, ya fuera fronteriza o concejil. Se crearon poderosos concejos en villas y ciudades que eran el centro de un amplio alfoz con numerosas aldeas anexas, como la villa de Alcalá y sus aldeas, degañas y lugares dependientes, o sea la comunidad de villa y tierra de Alcalá.
La zona central peninsular se había convertido entre los siglos IV y VII en un despoblado. Esta decadencia no se había producido por la invasión musulmana, sino como un lento proceso desde el Bajo Imperio romano hasta la época visigoda. Solamente Toledo mantuvo cierta importancia urbana por la capitalidad del reino visigodo. A partir del siglo VIII, con los musulmanes establecidos en la Península, el centro se convirtió en una tierra de nadie, hasta que los reinos cristianos del norte lo trasformaron en un territorio clave para la defensa de Toledo.
La conquista de Toledo atrajo la invasión almorávide en campañas contra Alfonso VI sin conseguir ocupar el norte del Tajo, pero estos invasores se extendieron por los flancos, Coria, el Tajuña, el Guadiela y el Henares. Alfonso VI recuperó Oreja y todo el valle del Henares y del Tajuña, quedando organizado el reino en torno a concejos como Talavera, Madrid, Alcalá, Guadalajara, Zorita o Atienza. Alcalá, con su castillo y sus antiguos términos, los poseídos en tiempos de Alfonso VI y anteriores, fue donada a la catedral de Toledo, organizándose en torno a fueros y privilegios obtenidos. Consideramos el año 1086 como fecha definitiva de la conquista de Toledo y la caída definitiva de Alcalá en 1118 a manos del arzobispo don Bernardo, a quien el rey Alfonso VI se la concedió en conquista y su sucesor, el arzobispo don Raimundo, aumentó la población de Alcalá, hasta entonces recogida en torno a sus murallas. La Corona otorgó privilegios a los Arzobispos en agradecimiento por su protagonismo en la conquista militar de este territorio.
El Arzobispo de Toledo, Primado de todos los reinos de Hispania.
“…Por los pecados del pueblo, la ciudad de Toledo fue ocupada por los sarracenos y desapareció en ella la libertad de la religión cristiana, de forma que durante cerca de trescientos setenta años no hubo en ella dignidad pontificia. En nuestros tiempos, por la divina misericordia, que tuvo en cuenta las peticiones de su pueblo, y por el esfuerzo del glorioso rey Alfonso y del pueblo cristiano, expulsados los sarracenos, la ciudad toledana ha vuelto a manos de los cristianos, y por voluntad y consentimiento unánime de los pueblos, de los obispos, de los príncipes y del excelentísimo rey Alfonso, te he elegido a ti, carísimo hermano Bernardo, como primer obispo de dicha ciudad después de tantos años.
Todos los obispos de las Españas te miren como a su primado, y si entre ellos surgiera alguna cuestión, recurran a ti, dejando a salvo la autoridad de la Iglesia de Roma y los privilegios de cada uno de los metropolitanos…”.
(Documento de Urbano II, de 1081; ed. Demetrio Mansilla, la documentación pontificia hasta Inocencio III, Roma, 1955, págs. 43-44; traducción de texto latino por José Luis Martín).
Para atraer población y por la necesidad de repoblar las zonas reconquistadas en los siglos XII y XIII, se concedieron estos fueros y exenciones de pechos o impuestos. A mediados del siglo XII se produjo una intensa actividad repobladora en la zona de Sigüenza, la campiña del Henares, La Alcarria y el valle medio del Tajo (Zorita, Huete y Oreja), con bastante intensidad desde el sur de Alcalá hasta el Tajuña. Los monarcas mandaron las órdenes militares como avanzadillas. En las Relaciones Lorenzanas del siglo XVIII se menciona la fundación de un monasterio en Villar del Olmo por templarios expulsos, llamado de San Bartolomé, con propiedades en el término:
“Esta villa es de Señorío y se compone de sesenta y ocho vecinos. Tiene una parroquia, y tres anejos, con la advocación de la Asunción de nuestra Señora. No hay convento ni Santuario alguno. En lo antiguo hubo un Convento de Templarios, cuyos vestigios permanecen aún, y hay noticias de las Haciendas que poseyeron en este Término por los instrumentos que conserva el Archivo de la Iglesia Parroquial; se nombraba este Convento San Bartolomé”.
El rey Alfonso VII cedió a la dignidad arzobispal de Toledo los terrenos que abarcaba el Campo Loable y la Real Cédula de traspaso del Señorío de Alcalá a favor de la mitra fue extendida el 4 de febrero de 1164, siendo Arzobispo de Toledo don Raimundo. Tanta trascendencia tiene esta donación que Villar del Olmo perteneció a Toledo hasta que se formó la actual provincia de Madrid en 1833. El documento estaba redactado en los términos que siguen:
“Yo el Rey Don Alfonso, Juntamente con la Reyna, mi mujer, Doña Berenguela, siguiendo la costumbre loable de nuestros predecesores, hago libre voluntad donación a la Santa Iglesia de Toledo, consagrada a María Señora Nuestra, y a Vos su Arzobispo don Raimundo, y a todos sus Prebendados Canónigos que en ella religiosos sirven, del castro que ahora se dice Alcalá, pero antiguamente Compluto, con todos sus términos antiguos y que tuvo cuando más floreció, así en tiempos de los sarracenos como de nuestro abuelo, de buena memoria, Rey Alfonso; conviene a saber, con las Tierras, Prados, Ríos, Pesquerías, Viñas, Huertas, Montes Arboles fructuosos y silvestres, Villas, Aldeas, como pertenecen al Real Derecho; y así de todo os hago donación y a vuestros sucesores, por las almas de Mis Padres y remisión de mis culpas, para que lo poseáis y los pobléis no tengáis por juro de heredad perpetuamente, etc. Fecha esta carta el cuarto día de los Idos de febrero, en la Era mil ciento y sesenta y cuatro.
Yo Don Alfonso, por la gracia de Dios Emperador de España, lo que mandé hacer, lo confirmo con perpetua firmeza”.
El vínculo entre la villa y sus aldeas procedía de los compromisos defensivos y de población de las tierras fronterizas en una economía agrícola y del uso de pastos y bosques comunales, de los que han quedado ejemplos de interminables pleitos por el aprovechamiento de estas dehesas entre la villa y sus aldeas, caso del Monte de los Tapiales o Valdealcalá en Villar del Olmo, conservado en los legajos Pleito entre Alcalá y Villar del Olmo por aprovechamiento del término común (1543-1610), Aprovechamiento de Valdealcalá por las 25 villas (1565-1769), Valdealcalá (1605-1852), o el pleito entre Alcalá y Villar del Olmo sobre sus términos comunes y aprovechamiento de monte, caza, pesca, etc. (1641).
Cuando terminó la amenaza militar don Raimundo procedió a ampliar y reconstruir la naciente Alcalá, otorgando en 1135 un fuero a la villa y sus aldeas. La concesión por este arzobispo del Fuero Viejo sentó las bases de lo que a partir de ese momento se convirtió en la Comunidad de Villa y Tierra de Alcalá, documento importante a la hora de repoblar y crear aldeas dependientes de la villa.
Se originaron numerosos conflictos entre concejos a la hora de repoblar estas tierras. El concejo de Segovia buscaba espacios de pastos para su ganadería trashumante. Por este motivo había penetrado en los cauces de los ríos y había chocado con el concejo de Madrid por el norte, ya que ambos tenían necesidad de leña y caza. El arzobispado de Toledo disputaba tierras con las órdenes militares y con los avances del señorío jurisdiccional, sobre todo en época de los Trastámara. Los amplios espacios entre la sierra y el Tajo propiciaron la entrada de los concejos de Avila y Segovia o se constituyeron señoríos nobiliarios. Tras la victoria almohade en Alarcos se suceden varias razzias y para contener estos avances Alfonso VIII pidió ayuda a los caballeros segovianos, entregándoles a cambio varias aldeas, el Sexmo del Tajuña, entre las que se incluía el Villar que permaneció en manos segovianas entre los años 1190 y 1214, pues en 1212, tras alejarse el peligro por la victoria de las Navas de Tolosa, se reintegran estas aldeas a Alcalá.
Documento de restitución de las aldeas dadas al Concejo de Segovia en 1214 por Alfonso VIII.
“Ha de atenderse al final de la vida más que a la inestabilidad presente, porque el correr impaciente de la misma no deja perfeccionar su curso. Y no sabemos en verdad la hora en que vendrá el Señor. Su día llegará de improviso, cual un ladrón.
Por tanto, como toda justicia procede del que es Sumo Justo, incumbe la necesidad de hacer el bien temporal a aquellos a quien se da la autoridad de juzgar. Justicia es, al fin, dar a cada uno lo que es suyo.
Por lo que YO, D. Alfonso por la gracia de Dios Rey de Castilla y de Toledo, a una con mi esposa la Reina Leonor y con mi hijo Enrique, reconociendo que en mi juventud tuve para mi necesario servicio a los vecinos de Segovia, de los que no podía prescindir, según grandísimas necesidades, y que expolié a la Iglesia de Toledo de ciertas aldeas que eran del término de Alcalá, sin el beneplácito del Arzobispo Toledano, dándole a cambio Salamanca y entregándoles a los dichos segovianos las aldeas.
Considerando que, si no revoco este trueque puede servir a mi alma de abandono y cuenta.
RESTITUYO las tales aldeas al señor D. Rodrigo, Arzobispo de Toledo y Primado de las Españas, y a todos sus sucesores, recobrándome Salamanca, que en trueque, como digo, había dado por las aldeas.
Y con sus propios y numerosos nombres estas son las aldeas:
Valdetorres, Lueches, Valdemera, Quesso, Bilches, Aldea del Campo, Valtierra, Arganda, Valmores, El Olmeda, Peçuela, El Villar, Perales, Tielmes, Valdelecha, Caravana, Orusco,, Henbit, Querencia.
Y digo que estas aldeas restituyo libremente y sin contradicción al citado Arzobispo y sus sucesores, con todos los términos que tienen, cultivados o sin cultivar; con los montes y las fuentes, tierras entradoras y salideras, pastos y pesquerías, batanes y molinos, con la cañada y mercado de Perales; de modo tal, que de su posesión no puedan los segovianos inquietar en lo restante al Arzobispo o a la Iglesia de Toledo…”.
Documento recogido en Historia de la villa de Orusco de M.M. Moraga.
La orden de Santiago se proyectó entre el lado norte del Tajo y el Tajuña, siendo el resto del sureste provincial del arzobispo de Toledo. La tierra de Alcalá se componía en 1214 de Ajalvir, Aldea del Campo (Campo Real), Aldovea, Alquiniza (despoblado de Alcalá), Ambite, Anchuelo, Arganda, Camarma de Esteruelas, Carabaña, Corpa, Daganzuelo, los Hueros, Loeches, Olmeda, Orusco, Perales de Tajuña, Pezuela de las Torres, Pozuelo de las Torres (Pozuelo del Rey), Querencia (despoblado de Ambite), Quesso o Quejo, Los Santos de la Humosa, Tielmes, Torrejón de Ardoz, Vacia Botas (despoblado entre Torrejón y San Fernando), Valdomera o Valdemora (despoblado de Torres), Valdetorres (Torres de la Alameda), Valdilecha, Valmores (despoblado de Olmeda), Valtierra (despoblado de Arganda), Valverde, Vilches, Villalbilla y Villar del Olmo, entonces todavía aldea del Villar, famosa durante la Edad Media en el alfoz por la cantidad y calidad de sus pastos, junto con San Martín.
Desde que fue donada la tierra de Alcalá se integró en el señorío de los sucesivos arzobispos de Toledo. La Corona cedía la administración de justicia, el territorio, el cobro de impuestos y el derecho de repoblar. También se le otorgó a la villa de Alcalá el derecho de celebrar ferias, sobre el 24 de agosto la feria de San Bartolomé, donde las aldeas podían vender sus excedentes de vino y otros productos. La elección de los cargos concejiles y su funcionamiento dependía de Toledo, directamente o a través del Vicario General de Alcalá. Las ordenanzas de carácter económico para las tierras de labranza, abastecimiento del vino y pastos para el ganado emanaban del arzobispo que debía proteger a sus vasallos. Poseía tierras de pan, viñas, olivares, molinos, casas y huertas, ya fueran donadas o adquiridas posteriormente que arrendaba a particulares. Dueño además de los impuestos, tributos y tasas judiciales, de los que tenemos ejemplos en Villar con las alcabalas, cientos y el peazgo que iba a parar a la lámpara de Toledo. Tenía derecho de ser asistido militarmente y a una parte de la producción que variaba en porcentaje según los lugares, los diezmos, que se debían ingresar en la hacienda arzobispal. En pan, vino, ganado y productos hortícolas pagaba el arciprestazgo alcalaíno a la mitra toledana, la cantidad más alta del siglo XV, exceptuando la mismísima ciudad de Toledo, y el 70% provenía de sus aldeas, por lo que no es raro que los sucesivos prelados mimasen a la comunidad de villa y tierra a la hora de otorgar privilegios.
Los monarcas castellanos y leoneses concedieron a las ciudades y villas generosos fueros en los que se recogían las normas que debían regir la vida local. La institución más representativa será el concilium o concejo medieval, que no tiene ninguna relación con el municipio romano. Su origen podría encontrarse en las asambleas con carácter abierto que celebraban las aldeas tras la repoblación inicial del valle del Duero, con decisiones sobre la protección de intereses de ciudadanos y uso de bienes comunales. El posterior desarrollo de villas dio lugar al nacimiento de asambleas o concilia. De los siglos XI a XIII el concejo de Alcalá fue ganando autonomía con respecto a los delegados del poder regio o domini villae, junto con su término como cabeza de un alfoz y unas aldeas.
Con frecuencia estos concejos se han puesto como ejemplo de democracia en Castilla-León y autonomía frente al poder monárquico, pero lo cierto es que las asambleas concejiles pronto fueron controladas por caballeros y hombres buenos o élite dominante. Encontramos ejemplos en los Libros de Actas del Concejo de Villar del Olmo, donde vemos como queda dividido su Concejo en el de hombres buenos y el de hombres pecheros. Desde finales del siglo X se reunían en concejo abierto, a son de campana tañida, la totalidad de habitantes. Con el paso del tiempo fue cediendo a regidores y diputados el gobierno de la futura villa, salvo en el arrendamiento de dehesas, bienes de propios o la adjudicación de la tienda-posada-carnicería.
El Fuero Viejo entró en vigor en 1135 y el Concejo Aldeano del Villar se formó con alcaldes, regidores, diputados, mayordomo de propios, guarda del campo, procurador, escribano y contadores. Para coordinar y defender los intereses de las aldeas frente a la villa don Raimundo había concedido fuero en 1223, el 27 de enero para la villa de Alcalá y el 4 de marzo particular para las aldeas el Concilium Aldeanum de Alcalá, regulándose las cargas fiscales, derechos de habitantes y deberes militares. Se celebraba en Alcalá o en cualquiera de sus aldeas y se componía de procuradores o vecinos de cada lugar que mantenían comunicación con los oficiales de sus respectivas aldeas, sobre todo en lo referente a pastos, introducción del vino en la villa para ser vendido, arrendamiento de barrancos, etc. Como ejemplo un fragmento del Legajo 420/1 del Archivo Histórico de Alcalá, Asuntos de Gobierno Nº4 de 1498:

“Núñez de Guzmán, gobernador y justicia mayor en todo el arzobispado de Toledo por el reverendísimo y muy magnífico señor don Fray Francisco Jiménez por la graçia de Dios, Arzobispo de la Santa Iglesia de Toledo, primado de las Españas, canciller mayor de Castilla como juez árbitro arbitrador que soy tomador y escoxido y elegido entre partes. De la una el Conçejo, justicia, regidores, caballeros, escuderos, ofiçiales, homes buenos de la villa de Alcalá de Henares. De la otra el común de la tierra, adegañas, de la dicha villa, para ver y determinar ciertos pleitos, debates y diferencias que eran entre las dichas partes ansy sobre el pasçer de los términos de dicha villa como de los vecinos que se pasan a vivir de una parte a otra, como el meter del vino de la dicha tierra en la dicha villa, de vender de ellos, como sobre los agravios que la dicha tierra y común de esta que recibía de los alcaldes y regidores de la dicha villa de Alcalá, como sobre los baldíos y términos de los lugares de la dicha tierra en que decía que los del un lugar no podían pasçer en el término del otro lugar, sobre lo cual los caballeros, guardas de los términos de la dicha villa les prendaban, como lo que estuvieron pido en los barrancos y sembrados por algunos vecinos de la dicha villa y el dicho común decía …”.
Este Concejo del común de la tierra de Alcalá se celebró para tratar temas de avecindamiento, introducción del vino de las aldeas en Alcalá y problemas de pastos, motivo de continuos pleitos, aunque siempre intentando mantener la unidad de toda la tierra con la preponderancia alcalaína para no perder la fuerza del bloque. Los procuradores enviados por cada aldea debían acreditarse en sus respectivos concejos y las decisiones emanadas del común vinculaban a toda la tierra. En esta ocasión el concejo del Villar envió a Juan Pulido, Aparicio Martínez y Alonso de la Cuesta.
El Arzobispo Fernando de Covarrubias en 1277 creó la Hermandad y Concordia, para dirimir conflictos de las aldeas frontera con la Orden de Santiago y colaborar entre aldeas. Ambite, Orusco, Carabaña, Perales, Tielmes y Valdilecha con sus dos jueces o alcaldes especiales defendieron los intereses hasta el siglo XVI.
La tierra de Alcalá durante la Edad Media se estructuró en quartos con unas aldeas dependientes.
. Cuarto de Santorcaz
Los Santos de la Humosa
Ambite
. Cuarto de Villalbilla
Torrejón de Ardoz
Camarma de Esteruelas
Los Hueros
Anchuelo
Valverde
. Cuarto de Arganda
Loeches
Torres
Pozuelo
. Cuarto de Pezuela
Olmeda
Villar
Corpa
Orusco
. Cuarto del Campo
Valdilecha
Carabaña
Perales
El resto de los poblados de la tierra serían de menor importancia, llamados lugar de… Esta organización perduró sin variaciones hasta la segunda mitad del siglo XVI en que muchas de estas aldeas se convirtieron en villas, caso de Villar, aunque continuaría la dependencia alcalaína, incluso de Pezuela, puesto que su escribano actuaba como notario en Villar en ciertas ocasiones.
Esta división que intentaba mejorar la gestión y participación del territorio se reformó en 1530 y Villar del Olmo no aparece en ninguno de estos Cuartos, pudo ocurrir que dependiese directamente de Alcalá.
En el año 1584 se reorganizó de nuevo la gestión:
. Cuarto de Villalbilla: Villalbilla, Torrejón, Camarma, Anchuelo, Valverde y los Hueros.
. Cuarto de las Cámaras de Santorcaz: Santorcaz, Ajalvir, Daganzuelo, Ambite y los santos.
. Cuarto de Arganda: Arganda, Loeches y Torres.
. Cuarto de Carabaña: Carabaña, Pezuela, El Villar, Corpa, El Olmeda y Orusco.
. Cuarto de Pozuelo: Pozuelo, Tielmes, Villa del Campo, Valdilecha y Perales.
Durante el siglo XVI las aldeas se fueron segregando de la villa. El arzobispo Juan Martínez Silíceo a mediados de esta centuria fue concediendo el título de villazgo a las aldeas del alfoz. Se vendieron aldeas con el consentimiento del Papa Gregorio XIII y de la Corona para la obtención de fondos. Así en el Documento de Villas y Lugares de la Temporal Jurisdicción del Arzobispado de Toledo: Aldeas de Alcalá y las que fueron aldeas y agora son villas de 1571, figuran las villas desmembradas del alfoz. Con el paso del tiempo se diluyó la identidad de la villa y tierra. La Corona con el tiempo volvió a vender estas villas a señores para seguir financiando sus acuciantes necesidades.
4.- Evolución del Concejo en los siglos XVI, XVII y XVIII.
En la segunda mitad del siglo XVI se agravaron los problemas de tipo económico en Castilla. Muchas de estas aldeas se convirtieron en villas como forma de obtener ingresos para la Corona que comenzaba a vender villas a particulares o a sus propios vecinos si se lo podían costear, caso de Aldea del Campo (Campo Real), que en 1555 los mismos habitantes compraron su jurisdicción y en 1579 el rey la enajenó a Baltasar Catano.
Estas tierras en siglos anteriores pertenecieron a la Iglesia y a las Órdenes Militares y por ellos se debieron conseguir bulas papales para poder venderlas. Con este acuerdo el rey obtenía ingresos muy necesarios y los vecinos cierta autonomía jurisdiccional con respecto a la mitra toledana, aunque estas nuevas villas no consiguieron desvincularse totalmente de la ciudad complutense, manteniendo obligaciones para la Mancomunidad de las Veinticinco villas de Alcalá hasta bien entrado el siglo XIX. Estas nuevas villas sufrieron una importante crisis económica, ya que la mayoría habían solicitado créditos para pagar un recién obtenido título de villazgo y debieron vender impuestos que habían aumentado las arcas del concejo, por ejemplo, en Las Cuentas de Propios de Villar durante el siglo XVIII, apareció don Juan de Goyeneche como dueño de las alcabalas y cientos de la villa.
En el caso de Villar del Olmo, la obtención de villazgo, no se puede constatar en los Libros de Acuerdos del Ayuntamiento de Alcalá de Henares por encontrarse incompletos precisamente en ese período. Pero las Relaciones Histórico-geográfico-estadísticas de Felipe II en 1576 detallan que este hecho se produce en torno a 1561:
“Al primer capítulo dixeron que se llama el Villar, y es villa eximida de Alcalá, cuya jurisdicción era de quince años a esta parte por privilegio de Su Majestad, y en los demás contenidos en el capítulo no se sabe otra cosa”.
Ambite fue vendida en 1579 a Esteban Lomelín, Carabaña se eximió de Alcalá en 1557, Valdilecha en 1556, Valverde en 1564, Villalbilla en 1554, Orusco en 1567 y Pezuela en 1546. Por lo tanto, la tierra de Alcalá se vio reducida en una gran parte de su territorio al otorgarse el título de villazgo a la mayor parte de las antiguas aldeas.
De estos años es la Petición de un individuo para dejar de ser vecino de la Villa del Villar, legajo 326/1 de 1547 perteneciente al Archivo Histórico de Alcalá de Henares. Curiosa letra procesal del siglo XVI conservada en buenas condiciones en el Archivo Histórico de Alcalá de Henares de un clérigo que desea perder la vecindad de Villar por motivos del hábito.

“Muy Magníficos señores.
20 de abril de 1547.
El bachiller Alonso de Mondéjar, clérigo residente en el Villar, beso las manos de Vuestras Mercedes y les hago saber que yo hasta agora he procurado de guardar la vecindad desta villa; porque mi padre, que Santa Gloria sea, lo fue, agora yo no puedo guardar el uso y costumbre y sentencias que hay sobre esto y por razón desto yo tengo cada día pleitos y enojos, lo cual no conviene a mi hábito clerical, suplico a Vuestras Mercedes tengan por bien que yo me desavecinde desta villa como me desavecindo desde hoy, en lo cual allende de ser serviçio de Dios por quitarme de las dichas diferencias y pleitos a mí me harán Vuestras Mercedes muy señalada merced.
El bachiller Mondéjar”
Desde el punto de vista cronológico se distinguen tres fases durante estos tres siglos en el gobierno de Villar. La primera llegaría hasta 1561, con una clara dependencia de la villa de Alcalá en cuanto a su situación jurídico-administrativa, designándose desde esta última los cargos concejiles de Villar por delegación de la autoridad arzobispal de Toledo que detentaba el señorío sobre las dos localidades.
Un segundo período se inició con la consecución del título de villazgo en 1561 para la hasta entonces aldea de Villar, a pesar de lo cual Alcalá mantenía cierta jurisdicción sobre el Villar que obtuvo alguna autonomía y dependencia directa del arzobispo de Toledo, quien nombraba los cargos municipales, según las Relaciones de Felipe II.
“Al tercero capítulo de la dicha instrucción dixeron que es villa como está dicho en el primer capítulo y que es del arzobispo de Toledo”.
“dixeron que justicia eclesiástica en esta villa no la hay, pero que es juez el Vicario de Alcalá, y la justicia seglar que son dos alcaldes ordinarios los pone el arzobispo de Toledo y un teniente de gobernador que hay le pone el arzobispo de Toledo y el corregidor de Alcalá por su mandado “.
En 1559 por las Ordenanzas Generales del Común se regularon los cargos comunes de las aldeas, empezando por el Procurador General del Común, elegido por dos años. Estas 18 leyes reconocían un sacado o sexmero, un representante por cada uno de los cuartos de la tierra, nombrados por los contadores cada dos años para fiscalizar las cuentas de los cargos salientes. Se volvía a elegir el Procurador General del Común y el Escribano que debían ser naturales del cuarto representado.
Una nueva etapa se inicia tras la compra de la jurisdicción del Villar por don Juan de Ocón y Trillo, fundador del vínculo y primer mayorazgo de Villar del Olmo, al no poder costearse la villa la adquisición de su propio dominio, Actas del Concejo de Villar del Olmo entre los años 1662 y 1725:
“Suplican a los señores marqueses de Miranda de Auta (…) como señores que son de la villa elijan para uso de los ofiçios a las personas que les pareçiere de las que van propuestas para cada una de ellas, y mejor convenga a la buena administración de justiçia, alivio, bien y utilidad de los vasallos de esta dicha villa”.
Villar del Olmo, como ya se ha dicho anteriormente, se incorporó durante la Edad Media a la comunidad de villa y tierra de Alcalá. Este régimen constituía una unidad jurídico-administrativa con legislación propia y una jerarquía institucional que dependía, al final de todo el proceso, de una autoridad común. Al formar parte del señorío arzobispal y disponer de un texto jurídico común de derecho municipal, el antiguo Fuero Viejo, reformado por el Cardenal Cisneros en 1509, tenían potestad de reunirse en lugares y aldeas para realizar el reparto fiscal y el correspondiente pago de tributos como es el caso del pecho forero recaudado por la mitra toledana. Según las Relaciones de Felipe II para el Olmeda en el año 1566:
“se juntan con el común de la tierra de Alcalá, que son veinte y cinco lugares, algunas veces se juntan en la villa de Alcalá, donde tienen su casa, y otras veces en el lugar y villa donde ellos nombran para hacer los repartimientos que tocan al servicio de Su Majestad y otras cosas tocantes a su común”.
Y también en las Relaciones de Felipe II para Pezuela en 1578.
“Se juntan con las demás villas y lugares de la tierra de Alcalá en una de ellas, ende les parece a los procuradores de la dicha tierra, y como avisando las demás villas y lugares en que villa o lugar se han de juntar, y en qué día se hace la justicia “.
El Fuero Nuevo había sido aplicado hasta la segunda mitad del siglo XVI cuando se separaron estos lugares y cambió la situación. A veces, como es el caso de Alcalá, la relación entre la villa y su poderoso concejo no es de iguales, sino de superioridad, lo que algunos historiadores han denominado señoríos concejiles. Todo esto se pone de manifiesto al acudir a las instancias de la villa para solucionar pleitos, imponer ordenanzas a todo el término por parte del concejo de Alcalá, que también detentaba el nombramiento de los oficiales de la tierra. La representación de la tierra como conjunto recaía en el concejo de la villa complutense. Para algunos autores, como hemos visto, implica un verdadero señorío sobre los concejos rurales. Sin embargo, en este caso concreto, al situarnos sobre una jurisdicción señorial, arzobispado de Toledo, no se refleja totalmente esta realidad, ya que estaban representados por oficiales dependientes del poder señorial.
Al hablarse de la tierra debe entenderse un todo jurisdiccional, los gobiernos municipales de estas nuevas villas, si no dependían del concejo alcalaíno, sí que se incluían en el corregimiento, cuyo titular residía en Alcalá y era nombrado por el arzobispo. No olvidemos que el corregimiento abarcaba, básicamente, el territorio de la antigua villa y tierra, en consecuencia, la dependencia seguía existiendo, hecho que se pone de manifiesto en las Relaciones de Felipe II, de tal forma que los vecinos de Villar tienen que acudir al corregidor de Alcalá en primera instancia y en apelación a la Real Chancillería de Valladolid. Así mismo la justicia eclesiástica se encontraba en la villa complutense que también gozaba del aprovechamiento de pastos en Villar del Olmo.
“Martín Castañoso, corregidor en la villa de Alcalá y su tierra, hago saber a vos el teniente de gobernador y alcaldes ordinarios de la villa de Villar eximida de la jurisdicción de la dicha villa de Alcalá”. (1576).
“ que la Chancillería donde van los pleitos de esta villa en grado de apelación es la villa de Valladolid y hay treinta y cuatro leguas”. (1576).
“y que la iglesia de Santiuste de Alcalá de Henares, que es iglesia colegial y está tres leguas, tiene jurisdicción en lo espiritual “. (1576).
Los representantes de Alcalá y de los respectivos concejos aldeanos de su tierra se reunían en la villa o en cualquiera de sus aldeas para acordar los repartos fiscales, pecho forero recaudado, aprovechamiento de pastos, dehesas y tierras del común o para tratar el aforo del vino. En esta ocasión por el concejo del Villar asistieron Alonso Sánchez y Juan Sánchez de la Cuesta. Fragmento del Legajo 420/1 del Archivo Histórico Municipal de Alcalá de Henares, Asuntos de Gobierno Nº3 de 1495:

“En la villa de Alcalá de Henares, tres días del mes de agosto, año de nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mil cuatrocientos noventa y cinco años, estando junto el Conçejo de la dicha villa, los oficiales del común de la tierra por campana tañida en la capilla de San Jerónimo que es dentro de la Iglesia Colegial de San Pastor de la dicha villa según que lo han de uso y de costumbre. Estando en el dicho ayuntamiento los honrados, el licenciado Hernando Díaz y Alonso Hurtado, alcaldes Juan de Barrionuevo, el maestre sala, Pedro de Salazar, Juan de la Fresneda, regidores, (…) Barahona. Francisco Gudiel, Fernando Díaz de Alcocer, Alonso de Sevilla, Alonso de Montoya, Juan López de Huerta, Rodrigo Descobedo, Garçía de Marrón, Gonzalo Sánchez de Loranca, Alonso de Gómez Fernández, Fernando de Viana, López de Deça, procurador del dicho conçejo, Diego de Jaén, Alvaro de la Flor, Hernando de Antequera, Pedro Sánchez de Villalvilla Toro, Françisco de Córdoba e Marcos de Corpa Zapatero y otros muchos vecinos de Alcalá. E por parte del común de la tierra de la dicha villa Alonso Sánchez de Peçuela y Miguel Pérez sacados del dicho común, Alonso Díaz, vecino de Lueches, escribano del dicho común de la dicha tierra, adegañas de la dicha villa por virtud que del dicho común tiene su tenor del cuales el que le sigue
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Sepan cuantos esta carta de poder vieren, como nos del común (…) de la villa de Alcalá de Henares, estando juntos en nuestro común general en Villalbilla, tierra de la dicha villa, llamados por cédula de nuestro escribano según que lo tenemos por uso y costumbre. Y estando en el dicho ayuntamiento, común por el cuarto de Santorcaz Juan Graçia, procurador del dicho lugar de Santorcaz, Juan Martínez de Torres, Pedro Fernández de Marifernández, Juan Martínez de Apariçao, Martínez, Axenxo Martínez, omes buenos del dicho cuarto vecinos de Santorcaz, e por los Santos Pero Martínez, de Meco… “.
En el ámbito local también existía una institución, el concejo rural, que se ocupaba de los problemas más próximos del Villar, ya desde antes de obtener la carta de villazgo, pero con un nivel de competencias inferior al concejo del común. Desconocemos cual era la composición de este concejo en la Edad Media, pero a partir del siglo XVI incluía a alcaldes, regidores, procuradores, mayordomo y escribano principalmente.
La designación de cargos recaía en algunos miembros del concejo saliente sin que se constate provisión de oficios por parte de la villa de Alcalá, sin embargo parece ser que alguno de los cargos concejiles de mayor importancia eran elegidos por el señor jurisdiccional, el arzobispo de Toledo o sus representantes en la zona, hecho que se pone de manifiesto en las ordenanzas otorgadas por Ramiro Núñez de Guzmán, Gobernador general del arzobispado de Toledo, y trasladadas en 1549, reguladoras de la vida local en los lugares de la tierra de fines del siglo XV. Según estas ordenanzas para el nombramiento de los tres regidores de los concejos aldeanos y el mayordomo eran necesarias diez personas, a saber, los tres regidores anteriores o regidores viejos, otros seis hombres y el escribano.
Así mismo para los concejos aldeanos de más de cien vecinos se encargan del gobierno seis regidores y diputados elegidos entre los hombres buenos y cuatro para los demás concejos de menos de cien, así y según el Legajo 667/5 Asuntos de Gobierno s.f:
“non junten concejo salvo para coger carnicero o pescadero o tabernero o mesonero o porque por razón de hacer algún arrendamiento de dehesa e de tierra o viñas u otras cosas semejantes se junte el dicho concejo como es costumbre e non otras cosas, salvo las dichas seis personas son los dichos oficiales como dicho es”.
La convocatoria de concejo general se verificó en ciertos casos como el abastecimiento y arrendamiento de propios. También se regularon los nombramientos de procurador y escribano, oficios de cuentas, cuya elección correspondía a los regidores y diputados, ya que con anterioridad estos oficios se conseguían por almoneda pública y los desempeñaban personas incapaces de desarrollar tan importantes tareas para el concejo.
Como ya se ha dicho, a lo largo de la Edad Media por la importancia de los pastos se originaron múltiples pleitos entre Alcalá y las aldeas de su alfoz. Se contraponían los intereses de la villa de poder pastar gratuitamente contra los de las aldeas que veían un medio de obtener ingresos para sus concejos. Este es el caso del Pleito entre Alcalá y Villar del Olmo por aprovechamiento del término común entre los años 1543 y 1610 del Legajo 418/2 del AHMAH. La primera página de la memoria que resume todo lo ocurrido en este largo pleito cuando el Villar, tras convertirse en la villa del Villar en 1561, alquila el monte de los Tapiales en contra del Corregidor de Alcalá, Martín de Castañoso, que lo había considerado como bien comunal; resuelto finalmente en la Real Chancillería de Valladolid, obligando al Villar a restituir lo vendido y cortado, junto con los frutos del pasto.

“Para que se haya de revocar la sentencia de vista que revoco otra de Gaspar Páez Xaranillo, juez executor de una carta executoria y sobre carta dada a la dicha villa de Alcalá y confirmar los autos de dicho ejecutor.
Se supone lo primero que la villa del Villar y su término era antes término y jurisdicción de Alcalá y se desmembró de su jurisdicción y se hiço villa de por sí como lo confiesa en una petición fol.118 y en otra fol.119 y en otra fol.125 y en la petición que presentó el consejo, presentada en el acuerdo y en especial el término que llaman de los Tapiales que es jurisdicción del Villar, era antes y es ahora pasto y aprovechamiento común de Alcalá y de los lugares de su tierra y siéndolo en el año pasado de 1577 el licenciado Alonso González de Santa Cruz, juez de montes y theniente de corregidor de Alcalá, junto con los alcaldes y regidores y otros vecinos del Villar, mandó hacer monte en el dicho término y vedó la roça y corte del por quince años y añadió.
Y puesto se entienda sin perjuiçio del cortar y roçar…”.
A partir del título de villazgo y hasta el siglo XVIII el concejo abierto del Villar, en el que participan todos los vecinos denominado Ayuntamiento abierto se reunía con ocasión de donativos, participación indirectamente en la elección de cargos concejiles nombrados por el señor de la villa, cobro de algunos tributos, nombramiento de barbero, cirujano y sangrador, arrendamiento de propios del concejo o aprovisionamiento del pósito real. Otro de los aspectos regulados fue la hacienda municipal cuya administración correspondía a un mayordomo que se ocupa de las cuentas de propios y rentas del municipio supervisadas por tres personas diputadas para ello. Por ello, la estructura de los concejos rurales se correspondía en síntesis con un mini-concejo de la villa.
Esta disposición del concejo se mantuvo sin muchas variaciones a lo largo del Antiguo Régimen, así se observa en las Actas conservadas sobre Villar del Olmo y correspondió al concejo reducido ser principal protagonista de la vida municipal. Se convocaba por la tradicional campana tañida y se congregaba en las llamadas casas del ayuntamiento con la misión principal del buen gobierno de la república, clara alusión a la administración y justicia de la villa. Lo componía el alcalde mayor, dos alcaldes ordinarios y dos regidores, excepcionalmente uno, con elevado absentismo del alcalde mayor, contando con la asistencia a veces de su teniente alcalde que administraban las aldeas sin necesidad de pleno de cada ayuntamiento. Así la composición del Concejo de Villar en 1576 descrito en las Relaciones de Felipe II:
“y regidores hay dos regidores y un alguacil y un escribano y que ni la justicia ni el escribano ni el alguacil no tienen más salario de sus derechos”.
“que en esta villa habrá siete u ocho personas que dicen ser hijosdalgo y gozan de libertad y tienen algunos de ellos executorias de sus pasados y los demás vecinos hasta ciento y diez que están dichos en el capítulo antes de este son labradores “.
De este concejo cerrado formarían parte los representantes de la oligarquía local, los hixosdalgos. Así sus representantes aparecieron en las Actas del siglo XVII, junto a los dos alcaldes ordinarios figuraba un alcalde de los hijosdalgo y un regidor del mismo estado, complicándose la situación con la aparición de un alcalde ordinario de los hijosdalgo y otro del estado de los hombres buenos, en otras ocasiones denominado de los labradores. De todo lo anterior puede deducirse que el regimiento municipal estaba formado por:
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- un alcalde mayor
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- un teniente de alcalde mayor
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- un alcalde del estado de los hijosdalgo
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- un alcalde del estado de los hombres buenos pecheros
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- un regidor por el estado de los hijosdalgo
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- un regidor por el estado de los hombres buenos pecheros
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- un alcalde de la Santa Hermandad
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- un alguacil ordinario
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- un caballero del campo
Los tres últimos cargos se mencionan escasamente en las actas. A estos oficios habría que añadir otros de tipo administrativo, de representación y otras profesiones de índole varia, así figuran en las actas mesegueros del campo, posiblemente el mismo que caballero del campo, guardas, procurador general, contadores, mayordomo del concejo, receptor, depositario, apreciadores, cirujano, sangrador y barbero, profesiones que se solían concentrar en la misma persona. También se intentó dotar a fines del siglo XVII al Villar de un maestro de escuela.
Concurrían para la elección de varios oficios municipales, como el procurador general del concejo de la villa, dos contadores, mayordomo del concejo, receptor de bulas, receptor del pósito y dos apreciadores. Controlaban las pesas y medidas, el repartimiento de tributos y la hacienda municipal, así como el arrendamiento de propios, el pósito, la toma de postura de obligados al abastecimiento de la villa, etc.
La mayor parte de estos oficios se pagaban en especie o más concretamente en trigo, su retribución solía ser anual y, como hemos comprobado en el caso del cirujano, la elección se realizaba el día de San Juan.
Para el resto de las villas cercanas se repiten insistentemente los mismos oficios más otros como cuadrilleros en Arganda, escribanos del Ayuntamiento y del Juzgado, andadores, pregonero o citador en Campo Real. Sólo aumenta esta composición del Concejo cuando lo hace el número de vecinos de la villa.
La presencia en este concejo cerrado de hijosdalgo representaba el liderazgo que asumieron en la administración municipal. A su vez es significativo que en algunas reuniones del concejo se especifique la presencia de representantes de los pecheros. Esta aristocratización de la vida municipal en el Antiguo Régimen también se constata en los demás concejos de la Corona, incidiendo de manera especial en los núcleos urbanos de cierta entidad. Así en Alcalá a partir del siglo XIII se convocó el concejo general, el de los hombres buenos pecheros y reuniones de caballeros y escuderos. Esta diversificación de la vida local se intentó subsanar con la Concordia de 1515, por la que se disolvió el concejo de pecheros y se integró en el de caballeros y exentos mediante unos diputados. Como conclusión apuntamos un descenso de la participación de los pecheros en la vida municipal.
Este fenómeno también se reflejó en el término de Alcalá. Así en reuniones del concejo de Villar del Olmo durante los siglos XVI y XVII, participaron de los cargos municipales más representativos el mismo número de oficiales del estado de los hijosdalgo que del estado de los hombres buenos pecheros, esto es un alcalde ordinario y un regidor. Todo ello supervisado por el señor de la villa a quien, en última instancia, competía la designación de los oficiales del concejo como lo demuestran las Actas de 1670 en las que el regimiento saliente le propone varios candidatos a oficiales del ayuntamiento para que designe los que deben ocuparlos. Esta potestad sobre la jurisdicción de la villa también quedó patente a principios del siglo XVIII en la restitución, tras un pleito, del señorío y vasallaje a don Gaspar de Ocón y su intervención en la elección de personal al servicio del municipio.
Actas del 15 de diciembre de 1670 en las que eligen oficiales.


“ En la villa de Villar del Olmo en quince días del mes de diciembre mil seiscientos y setenta años se juntaron en la casa del ayuntamiento de esta dicha villa sus mercedes, el señor Francisco Calderón, theniente de alcalde mayor, don Juan de Ulloa y Losada alcalde del estado de los hijosdalgo y don Juan Mateo de Antoba, alcalde ordinario por el estado de los hombres buenos pecheros, don Bernardo Somoza, regidor por el estado de los hijosdalgo y Andrés Noreno, por el de los hombres buenos, estando juntos en las casas del ayuntamiento de esta dicha villa como lo han de uso y costumbre para tratar y conferir las cosas tocantes al bien y utilidad de los vecinos de la dicha villa y espeçial y señaladamente se han juntado para efecto de hacer proposiçión a los señores Marqueses de Miranda Dauta, cuya es la dicha villa de ofiçiales del conçejo de ella para el año que viene de mil seiscientos y setenta y uno y unánimes y conformes se hacen en la forma y manera siguiente:
Para alcalde del estado de los hijos de algo a don Bernardo de Somoza y a don Juan de Ulloa y Soler.
Para alcalde de los hombres buenos pecheros a Antonio Moreno y a Francisco Bázquez.
Para regidor por el estado del dicho estado de los hijosdalgo a don Juan Luis Muñoz, hijo de Pedro Muñoz, alcalde que fue por el estado de los hijosdalgo en dicha villa y a don Alfonso de Somoza.
Para regidor por el estado de los hombres buenos a Martínez el moço y a Pedro Martínez.
Para alcalde de la Santa Hermandad a dicho don Juan Mateo Ontoba.
Alguacil ordinario a Juan Garçía Cogollado y a Sebastián Pinilla.
Para caballero del campo a Juan de las Eras y a Martín de Jaramilla.
(…) suplican a los señores marqueses de Miranda de Auta (…) como señores que son de la dicha villa elijan para uso de los ofiçios a las personas que les pareçiere de las que van propuestas para cada una de ellas, y mejor convenga a la buena administración de justiçia, alivio, bien y utilidad de los vasallos de esta dicha villa, y lo firmaron los que supieron de lo que yo el escribano doy fe.
Francisco Calderón Juan de Ulloa y Losada
Bernardo de Somoza Juan Matheo Hontova
Ante mí, Juan Martínez de la Toba”.
Relaciones del cardenal Lorenzana para Villar del Olmo en 1782.





Las Descripciones o Relaciones de Lorenzana de 1782 es un cuestionario de catorce preguntas al que debían contestar los vicarios, jueces eclesiásticos y curas párrocos del arzobispado de Toledo para recabar información de todo tipo sobre la archidiócesis.
I.-Si la Ciudad, Villa, o Lugar, a qué Vicaría pertenece, y si es Realengo, de Señorío, o mixto, y el número de vecinos.
“Esta villa es de Señorío y se compone de sesenta y ocho vecinos.
II- Si es cabeza de Vicaría, o Partido, Anexo, y de qué Parroquia: si tiene conventos, decir de qué Orden: como también si dentro de la población o extramuros hay algún Santuario, e Imagen célebre, declarar su nombre, y distancia: asimismo la advocación de la Parroquia.
Tiene una parroquia, y tres anejos, con la advocación de la Asunción de nuestra Señora. No hay convento ni Santuario alguno. En lo antiguo hubo un Convento de Templarios, cuyos vestigios permanecen aún, y hay noticias de las Haciendas que poseyeron en este Término por los instrumentos que conserva el Archivo de la Iglesia Parroquial; se nombraba este Convento San Bartolomé.
III- Se pondrá quantas leguas dista de la Metrópoli Toledo, quantas de la cabeza de Vicaría, y quantos quartos de legua de los Lugares confinantes; expresando en este último particular los que están al Norte, al Mediodía, Levante, o Poniente respecto del Lugar que responde, y quantas leguas ocupa su jurisdicción.
Esta villa dista de la metrópoli de Toledo doce leguas, y tres de Alcalá. Los pueblos confinantes son al norte de la villa de la Olmeda que dista dos cuartos de legua, y el Nuevo Baztán que dista otros dos, al medio día las villas de Carabaña y Orusco distantes una legua larga, al oriente la villa de Ambite distante una legua corta, al occidente la villa de Pozuelo del Rey a distancia de otra legua. Tiene esta Jurisdicción media legua de extensión.
IV- Dirá si está orilla de algún rio, arroyo, o laguna, si a la derecha, o la izquierda de él baxando agua abaxo: dónde nacen estas aguas, en dónde y con quien se juntan, y cómo se llaman: si tienen Puentes de piedra, de madera, ó Barcas, con sus nombres, y por qué Lugares pasan.
Está situado este pueblo en un valle a la derecha de un arroyo bajando agua abajo. Las aguas de éste nacen en término de Pezuela de las Torres, bajan al término de la Olmeda, va bajando al término de la villa del Villar, toma su nombre, y le conserva hasta entrar en el Río Tajuña. El caudal de esta agua es corto, pero continuo, y cría cangrejos en abundancia, y tal cual anguila.
V- Expresarán los nombres de las Sierras: dónde empiezan a subir, dónde a baxar, con un juicio razonable del tiempo para pasarlas, o de su magnitud; declarando los nombres de sus Puertos, y en dónde se ligan, y pierden, o conservan sus nombres estas cordilleras con otras.
Cercan a este pueblo unos cerros, o cuestas bastante penosas, que para subirlas se ocupará el espacio de media hora.
VI- Qué Montes, Bosques y Florestas tiene el Lugar, de qué matas poblados; cómo se llaman, a qué aire caen, y quanto se extienden.
Al oriente y a orilla de su arroyo tiene este pueblo una alameda de dos cuartos de legua, y cuatro montes, el uno al occidente poblado de matas pardas o carrascar, su extensión un cuarto de legua; los otros hay están a medio día poblados también de matas pardas con la misma extensión.
VII- Quando, y por quien se fundó el Lugar: qué armas tiene, y con qué motivo: los sucesos notables de su historia, hombres ilustres que ha tenido, y los edificios, o castillos que aún conserva.
Se ignora el Fundador de este pueblo, y no hay noticia de hechos, ni hombres ilustres.
VIII- Quales son los frutos más singulares de su terreno; los que carece: qual la cantidad a que ascienden cada año.
La cosecha de trigo por un quinquenio ascenderá a dos mil fanegas; y a ochocientas de cebada; de los demás frutos se carece.
IX- Manufacturas y Fábricas que tiene, de qué especie, y por quien establecidas: qué cantidad elaboran cada año: qué artífices sobresalientes en ellas: qué inventos, instrumentos, o máquinas ha encontrado la industria para facilitar los trabajos.
X- Quales son las Ferias, o Mercados, y los días en que se celebran: qué géneros se comercian, extraen y reciben en cambio: de dónde, y para dónde: sus pesos y medidas, Compañías, y Casas de cambio.
No hay en este pueblo ferias, mercados…
XI- Si tiene Estudios generales, particulares, sus fundaciones, método y tiempo en que se abren: qué facultades enseñan, y quales con más adelantamiento, y los que en ellas se han distinguido.
…ni estudios, y aún se carece de escuela de primeras letras.
XII- Qual es su gobierno político, y económico: si tiene privilegios, y si erigió en favor de la enseñanza pública algún Seminario, colegio, Hospital, Casa de Recolección y Piedad.
XIII- Las enfermedades que comunmente se padecen, y cómo se curan: número de muertos y nacidos, para poder hacer juicio de la salubridad del Pueblo.
Este pueblo es saludable y no hay enfermedad particular. Por un quinquenio mueren cuatro personas cada año y nacen doce.
XIV- Si tiene aguas minerales, medicinales, o de algún beneficio para las fabricas: salinas de piedra, o agua, canteras, piedras preciosas, minas, de qué metales, árboles y yerbas extraordinarias.
No hay aguas de particulares efectos ni tampoco canteras.
Finalmente, todo quanto pueda conducir a ilustrar el Pueblo, y que no se haya prevenido en este Interrogatorio
Tiene un mesón esta villa para recibir forasteros con suficiente provisión de paja y cebada. Hay también una tienda de albacería donde se vende vino, aguardiente, aceite, carne garbanzo y especia.
Los anejos de la Parroquial de esta villa son tres despoblados llamados Val de Olmeña, Fuenbellida y Fuente del Espino, uniendo los tres despoblados, pues el término es fértil y muy a propósito para viñas, olivos y granos, y abundante de leñas, pastos y aguas, y consiguiente muy a propósito para la cría de toda especie de ganados, de forma que hecha la población se podría separar pedazos grandes de término para dehesas y pasto y otros para montes”.
5.- Integración del partido judicial de Alcalá en la provincia de Madrid.
La decisión adoptada por Enrique III de residir en el Pardo como coto de caza influiría posteriormente en Felipe II a la hora de establecer la capitalidad en Madrid en el año 1561, hecho que marcará una nueva etapa en el territorio circundante y que más tarde se convertiría en provincia de Madrid. En este sentido y siguiendo las directrices de la Edad Media, lo que actualmente es Comunidad Autónoma de Madrid encajaba en partes de las provincias de Ávila, Segovia, Guadalajara y Toledo, como es el caso del Partido Judicial de Alcalá de Henares perteneciente a Toledo. Madrid penetraba en Toledo y Guadalajara y lo mismo ocurría con el resto de las provincias limítrofe. Esto unido a las dispersiones por la venta de jurisdicciones durante el siglo XVII a la clase noble, chocó con la monarquía ilustrada que intentaba centralizar y racionalizar el territorio a efectos administrativos y fiscales. Felipe V estableció la intendencia de Madrid en 1749 a la que pertenecería toda la zona de influencia de Alcalá. El Consejo de Hacienda de Carlos IV en 1801 reformó esta intendencia hasta aproximarla bastante a los límites actuales, cuando el partido de Alcalá abandonaba definitivamente Toledo. Madrid se componía de 179 pueblos, 57 de ellos de Alcalá, sufriendo escasas variaciones cuando el 30 de noviembre de 1833 Javier de Burgos realiza la configuración de la actual provincia de Madrid, hecho descrito por don Pascual Madoz en la parte que interesa a Villar del Olmo:
“El límite E. empieza en este sitio –Estremera-, y se encamina a atravesar el Tajuña por el S.O. de Mondéjar; pasa entre Loranca y Pezuela, por el O. de Pioz, entre el Pozo y Santorcaz…”.
Y así describe este mismo autor en 1845 el pueblo de Villar del Olmo:
“Paraje situado al oeste de un cerro de bastante elevación y enfrente de otro igualmente alto, reinan los vientos norte con un clima templado y saludable.
Tiene 80 casas de mediana fabricación distribuidas en nueve calles y una plaza, casa de ayuntamiento, cárcel, una posada de propios, escuela de primeras letras común a ambos sexos, dotada de 1640 reales y una Iglesia Parroquial llamada Ntra. Sra. De los Ángeles con curato de primer ascenso y de provisión ordinaria, cementerio bien situado y varias fuentes esparcidas por el término que confina al N. con Nuevo Baztán, E. con Olmeda de la Cebolla, S. con Ambite y Orusco y O. Valdilecha y Pozuelo del Rey. Se extiende una legua de norte a sur y una legua y media de este a oeste y comprende tres montes de chaparros, roble y tomillo llamados Llanillo, Nuevos Castaños y Almunia, abundantes viñedos y diferentes olivares, le cruza un pequeño arroyo que desemboca en el río Tajuña, junto al pueblo de Ambite. El terreno es de mediana calidad, caminos los medianos y locales, el correo se recibe en cabeza de partido por valijero. La producción de trigo, cebada, centeno, avena, cáñamo, vino y aceite, garbanzos, almortas, yeros, patatas y judías, mantiene ganado lanar, vacuno y caza de perdices. Poblado por 90 vecinos y 537 almas, produce de capital 2.994.690 reales y paga de impuestos 131.620 reales”.
A mediados del siglo XIX el partido de Alcalá lo componían una ciudad, 44 villas, 4 lugares, un anejo y un real sitio, dependientes en administración de justicia, contribución, reemplazo del ejército y estadísticas municipales. El traslado de la Universidad Complutense de Alcalá a Madrid, verificado en 1836, causó notable perjuicio a la región porque la concurrencia de estudiantes proporcionaba mejor salida a los productos de los pueblos que lo componían, animaba al comercio y llamaba artesanos y otras personas a residir en el territorio. A mediados del siglo XIX se produjo la desamortización de señoríos, cambiando de manos la propiedad de la tierra.
Sellos sección Sigilografía del Archivo Histórico Nacional de Villar del Olmo en el año 1876.
“El origen de este sello es muy antiguo y no existen datos para la memoria histórica, únicamente se sabe que se usa hace 24 años, o sea desde el año 1852.
Villar del Olmo, 29 de diciembre de 1876.
El Alcalde. El Secretario.
Felipe Gómez. José…”




Descripción Villar del Olmo 1888 en la Guía de Madrid y su provincia de Andrés Marín Pérez.
Villar del Olmo
“En la falda de una colina de escasa elevación, próxima a un valle pequeño y fértil y enfrente de un cerco de alguna importancia, se halla edificado este pueblo.
Tiene despejado su cielo y limitado su horizonte, está ventilado y disfruta un clima regularmente sano.
Limita su territorio por el N. con el Nuevo Baztán, al S. con el de Ambite y Orusco, al E. con el de la Olmeda de la Cebolla y al O. con los de Valdilecha y Pozuelo del Rey.
Este pequeño pueblo, como casi todos los que principian su nombre por V, es debido a los moros.
Tenían éstos la costumbre de dar a las villas que fundaban un nombre relacionado con las propiedades del terreno sobre que lo edificaban.
No habían de formar excepción de la regla general con Villar, y por esta razón lo distinguieron con el sobrenombre del Olmo, debido al gran árbol, así llamado, que se levantaba en el centro del nuevo pueblo.
En la actualidad tiene 188 vecinos y 631 almas, que viven pobremente en las 180 casas, 171 de un piso y 9 de más que cuenta hoy.
Dista 20 kilómetros de su cabeza de partido y 44 íd. de la capital de la provincia.
Comunícanse los hijos de Villar con los alcalaínos, cabalgando sobre acémila por el camino de Ambite a Alcalá.
Para ir a Madrid siguen el mismo camino hasta este último punto, en cuya estación toman el tren correo de la corte.
También pueden hacer el último viaje con mayor comodidad tomando el coche que sale diariamente de Ambite hacia Arganda, y de la estación de éste al tren que sale de Arganda para Madrid. En el primer caso cuestan la acémila y el billete del tren 5 pesetas, y en el segundo, dan el billete del coche y el de 3ª clase para el tren indicado por 6 ó 6,50 cuando más.
En el orden religioso tiene una antigua iglesia parroquial bajo la advocación de Nuestra Señora de la Antigua, con la suficiente capacidad para contener cómodamente todos los vecinos, porque todos, sin excepción, son católicos fervientes.
Guarda estrecha relación con el edificio la torre y el aspecto exterior de la misma.
Hállase encargado de esta parroquia un sacerdote que es acabado modelo de virtud y humildad cristiana, y manifiesta excesivo celo por salvar la autoridad, con su palabra y buen ejemplo las almas que están encomendadas.
El curato es de primer ascenso y provisión ordinaria; tiene asignadas 1.125 pesetas para el clero 100 íd. para el sostenimiento del culto.
A 700 m. del pueblo, en paraje elevado y por todas partes ventilado para sus deletéreos gases no perjudiquen la salud de los habitantes, se halla el campo-santo. Presenta éste la forma cuadrada, mide 21 m. de longitud por cada lado, luciendo sobre uno de éstos hermoso oratorio recientemente construido, como digno remate de este nuevo edificio. Tiene reglamento interior y cuesta, según su articulado, 1, 3 ó 5 pesetas la sepultura en la tercera, segunda o primera sección.
Suminístranse la educación e instrucción primarias en dos escuelas elementales completas que tiene.
Mucho nos congratulamos de poder manifestar que tanto el local de niños, como el establecimiento de niñas, reúnen, por lo menos, las condiciones que recomienda la higiene y exige la pedagogía para poder explicar con provecho las diferentes enseñanzas sin fatigar las facultades de los alumnos ni agotar sus débiles fuerzas, perjudicando insensible y lastimosamente su importante salud, como acontece en otros muchos pueblos.
Provéense estas dos plazas por un solo turno, como todas las de su clase, por traslado o concurso de ascenso entre los maestros que desempeñan escuelas de igual categoría.
Tienen asignadas 625 pesetas como sueldo anual, no tienen compensadas las retribuciones, perciben 156,25 en concepto de material, y cuesta al Municipio el alquiler de la casa que habita cada profesor 50 pesetas al año.
Tanto el maestro como la maestra han demostrado ante la Junta local y el Inspector provincial el celo y señalado interés que les inspira el porvenir de sus alumnos, a pesar de los mezquinos sueldos con que están retribuidos estos modestos y dignos funcionarios.
Hállase dignamente representada la Medicina por un entendido profesor que tiene la plaza de Beneficencia, compuesta de 12 familias pobres, en 250 pesetas que le satisface directa y anualmente el Ayuntamiento.
El resto de los vecinos acomodados se contratan particularmente con el indicado facultativo por igualas de 2 a 20 pesetas, según la posición que ocupen y el número de individuos que cuente cada familia.
No tiene farmacia, ni siquiera un botiquín con que atender a los enfermos en los casos más urgentes.
Súrtense en todo tiempo unos vecinos de la farmacia de Ambite y otros de la de Orusco, contratándose tanto éstos como aquéllos por igualas a razón de 3 celemines de trigo por cada individuo.
La inspección de carnes y salud de los irracionales están encomendadas a un ilustrado profesor veterinario que visita los 20 pares de mulas que hay dedicados a la labor, a dos fanegas de trigo anuales, y las 10 cabezas de ganado vacuno y los 50 asnos destinados a usos agrícolas y propios, por igualas más inferiores.
Como dignos representantes de la judicatura existen el Juez y Fiscal municipales con sus respectivos suplentes, nombrados por el Presidente de la Audiencia a propuesta del respectivo Juez de instrucción.
Ayudan a la administración de justicia a los anteriores funcionarios el Secretario y el alguacil del Juzgado, que en uso de sus facultades nombra el Juez municipal, sin más haberes que los que por arancel les correspondan.
Gobierna el pueblo administra sus intereses con tanto acierto como buena fe el Ayuntamiento del mismo, compuesto de siete concejales, como determina la ley para los pueblos de igual vecindario, auxiliado en los casos prevenidos en ésta por la Junta municipal, que se compone del mismo número de vocales.
El presupuesto de este Municipio en el ejercicio económico de 1887 a 88 fue de 6.625,50 pesetas ingresos y de 6.625,50 gastos.
Como principales empleados de este Ayuntamiento figuran el Secretario del mismo, con 996 pesetas de sueldo anual, y el alguacil, que percibe por igual concepto 175.
La corrección pública se verifica en una de las reducidas habitaciones de la modesta casa del Ayuntamiento que, como es natural, carece en absoluto de condiciones de cárcel.
El forastero encuentra en este pueblo dos medianas posadas donde hospedarse, en las que se le proporcionan regulares dormitorios y modestas comidas servidas al estilo del país por tres pesetas diarias.
La agricultura se halla bastante desarrollada, sosteniéndose en su ordinario estado a pesar de la excesiva tributación que pesa sobre la misma. De las 2.795 ha. 93 a. y 75 m. c. que mide de extensión su término municipal, ocupa su labranza 2.684-17-17.
De estas últimas se riegan 94-17-81, que están hoy destinadas al cultivo de las hortalizas, frutas y legumbres que se necesitan en la localidad.
En el sequero se extiende 1.548-06-11 el cultivo de toda clase de cereales; 261-96-64 el de la vid; 172-68-98 el del olivo; 74-17-81 los prados, y 589-33-02 las dehesas municipales llamadas Pedriza y Almunia, pobladas de tomillo, chaparro y roble; y las particulares tituladas los Llanos, Monte Nuevo, Castaños, Monte del Peñón y Monteviseras.
La ganadería se sostiene a la misma altura que su agricultura, constando hoy de 40 cabezas de ganado mular, 20 vacuno, 109 asnal y 1.250 lanar.
La última clase está destinada a la reproducción, sin perjuicio de utilizar sus productos a su debido tiempo.
La industria gira dentro de una pequeña órbita. Limitándose a la elaboración del pan y fabricación de aceite, del vino y del queso con la rica y abundante leche que producen las ovejas del pueblo.
No se extiende mucho más su ordinario comercio, consistente hoy en la exportación de cereales y algunos productos sobrantes, e importación de las telas, ultramarinos y demás géneros que se necesitan en la localidad.
Su riqueza imponible en el económico de 1887 a 88 fue de 53.579 pesetas, y su contribución anual por todos conceptos ascendió a la respetable suma de 11.829 íd., más las 1.970,44 que les correspondieron en el último reparto provincial.
Recibe el correo por medio de valijero y lo devuelve en la misma forma.
Como habrán observado nuestros lectores, no decimos ni una sola palabra acerca de los electores que hay en cada pueblo, tanto para las elecciones municipales como para las de diputados provinciales y a Cortes: hemos omitido este importante detalle, porque teniendo el Gobierno pendiente de discusión el proyecto de ley sobre el sufragio universal, con el cual han de modificarse notablemente las elecciones, y deseando que nuestra obra sea en este ramo, como en todos los demás que alcanza, lo más exacta y duradera que sea posible, nos ha parecido más acertado aguardar a la discusión del indicado proyecto y la sanción de su correspondiente ley, si llega a ser tal, y dar al final de nuestra obra, por vía de suplemento, un estado que comprenda el censo electoral de los pueblos de esta provincia, con las modificaciones que dicha ley introduzca”.